Uno de mis mayores deseos en los tiempos que corren es entender el concepto jurídico de la Propiedad Intelectual. Más aún cuando la descarga de contenidos con copyright de las redes P2P está en el ojo del huracán, y el aluvión de noticias sobre futuras leyes intervencionistas para frenar la “piratería” de obras protegidas por los Derechos de la Propiedad Intelectual es constante.
Me resulta difícil posicionarme sin profundizar en el derecho que unos dicen reclamar, otros dicen no vulnerar, y la mayoría simplemente no conoce (y yo me incluyo entre estos últimos). He realizado un firme propósito de enmienda, comenzado por la Wikipedia, que explica en su artículo dedicado al Derecho de la Copia Privada el significado de copiar una obra protegida con copyright, y la legalidad de dicha copia bajo los supuestos que recoge la legislación actual.
La Wikipedia me ha llevado, sin embargo, a la lectura del magistral libro de David Bravo titulado “Copia este libro” y publicado bajo licencia Creative Commons, para dar ejemplo. Recomiendo encarecidamente el libro a quién tenga aún dudas sobre la legalidad de bajarse canciones o películas de las redes peer to peer. El libro de David Bravo ha conseguido que reflexione profundamente sobre el significado de la cultura, la Propiedad Privada y el Derecho de la Propiedad Intelectual. Es además una lectura amena, exhaustivamente documentada y llena de explicaciones sencillas y comprensibles para los mortales que no entendemos nada de leyes.
Entre lo aprendido, lo que más preocupa hoy a quién escucha los mensajes alarmistas de los medios de comunicación: ¿es ilegal bajarse archivos musicales o películas de Internet? Respuesta: no. La copia privada es legal y las descargas P2P entran en el ámbito de su definición según la actual legislación. Además, existe un canon que grava este derecho, que por otra parte tiene un objetivo claramente definido, y es contribuir a la difusión de la cultura. Amén, y gracias David.
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